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Foto del escritorGilberto Objío Subero

ESTAS 6 COSAS DE CIRUGÍAS ESTÉTICAS Y DEMANDAS POR DAÑOS Y PERJUICIO DEBES SABERLAS


Con el auge de los procedimientos estéticos ahora que muchas personas pueden trabajar desde el hogar y tener recuperaciones más confortables, o con la reapertura de los viajes y el resurgimiento del turismo de cirugías estéticas, es importante saber algunas cosas antes, o hasta después, de someternos a una cirugía.


En especial, sobre los derechos y deberes que tenemos que conocer como médicos y pacientes ¿Qué tratamientos médicos se consideran de cirugía estética? ¿Qué obligaciones tienen los médicos en estos casos? ¿De qué tienen que informar los médicos a los pacientes en intervenciones estéticas? ¿Qué daños se pueden reclamar?. (Aqui La Guia Basica de Demandas por Negligencia Médica en Santo Domingo)


1 ¿Qué tratamientos médicos se consideran de cirugía estética?

La cirugía estética se refiere a una serie de tratamientos médicos que tienen por finalidad mejorar el aspecto físico del paciente. Por tanto, no se trata de intervenciones necesarias para mejorar el estado de salud. Sino que se busca una mejora estética o embellecimiento de la persona.


Estamos hablando de tratamientos denominados “satisfactivos” y no “curativos”. Es decir, lo que se pretende es precisamente, que el paciente quede satisfecho con su aspecto físico. Consiguiendo así una mejora estética de una determinada zona de su cuerpo.



2 Tipos de cirugía estética más comunes

Los tratamientos más comunes son los siguientes:

  • Aumento y reducción de mama.

  • Mastopexia, o elevación de senos.

  • Mama tuberosa, corrección de malformaciones en las mamas.

  • Reconstrucción tras cáncer de mama.

  • Ginecomastia. Es decir, la reducción de glándulas mamarias excesivamente grandes.

  • Liposucción

  • Transferencia de grasa

  • Abdominoplastia. Consiste en la extirpación del exceso de piel y grasa abdominal y en la corrección de la flaccidez muscular.



En cuanto a la denominada cirugía facial existen también algunos tratamientos muy comunes como los siguientes:

  • Blefaroplastia, reconstrucción de párpados.

  • Rinoplastia, reconstrucción de nariz.

  • Otoplastia, reconstrucción de orejas.

  • Cirugía de papada.


3 ¿Qué obligaciones tienen los médicos en estos casos?

Al tratarse de una intervención “satisfactiva” entiende la jurisprudencia que existe una obligación de resultados. Pero hay que tener en cuenta que si se informa al paciente de la posibilidad de no conseguirlo no existe tal obligación.

En estos casos adquiere especial importancia la “obligación de información”. Ya que el paciente debe de someterse a este tipo de tratamientos “voluntarios” sabiendo a ciencia cierta los riesgos que corre.


4 ¿De qué tienen que informar los médicos a los pacientes en intervenciones estéticas?


Es fundamental que el doctor explique al paciente, con la suficiente antelación, qué riesgos conlleva la realización de la intervención de cirugía estética. Esta información debe constar escrito mediante el documento de consentimiento informado. Hay que tener en cuenta que no solo ha de referirse a los riesgos generales de la intervención, sino también a los riesgos específicos que tiene para el paciente en concreto.


Por otro lado, en las cirugías electivas estéticas se presumirá que el resultado está garantizado, cuando no se informe específicamente y por escrito al paciente de lo contrario. Es decir, de que hay posibilidades de que la intervención no tenga el resultado deseado.



Solamente conociendo toda esta información, el paciente es libre para someterse a un tratamiento que no es necesario, que solamente busca una mejora estética. Y que puede provocar, como todos lo tratamientos médicos, complicaciones graves.



5 ¿Qué daños se pueden reclamar en una demanda por daños y perjuicios?

En tratamientos de cirugía estética se pueden reclamar las siguientes negligencias:

  1. Perjuicio estético. Cuando el resultado no es el deseado, y no se ha mejorado el aspecto estético, sino que incluso puede haberse empeorado.

  2. Perjuicio anatómico funcional. Por ejemplo, en un caso de rinoplastia, cuando se aumenta excesivamente el tamaño de los cornetes de la nariz de tal manera que impide una buena respiración.

  3. Perjuicio psicológico. Cuando los resultados insatisfactorios sumen al paciente en un síndrome depresivo que requiere tratamiento psicológico.

  4. Futura intervención quirúrgica reconstructiva como consecuencia de un error en la primera intervención, con el coste que ello conlleva.

  5. Infecciones nosocomiales adquiridas como consecuencia de la operación.

  6. Muerte.


Por tanto, antes de someterte a un tratamiento de cirugía estética infórmate bien de los riesgos, pregunta a tu doctor si el resultado está garantizado, y si no estás contento con el resultado, contacta con nosotros para comprobar si se puede reclamar.


6 ¿Cómo obtener ayuda en derecho médico ?

Nuestros abogados pueden ayudarte en todas tus dudas de derecho medico. Podemos responder preguntas que tengas sobre tus derechos, tu posibilidad de obtener una indemnización si tu daño califica, y si necesitas ayuda en caso de ser un proveedor de salud demandado, podemos orientarte en el proceso legal que estas por seguir. Podemos ayudarte a ganar tu caso medico.


Buscas ayuda? contactanos. Podemos ayudar.






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